No hay facturas al 8% de IVA, hay créditos del 50% sobre Ingresos del 16% de IVA
- Omayra Garcés
- 28 dic 2018
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 22 feb 2021
En la factura electrónica NO habrá cambios en la tasa de IVA del 16%, lo que obtendrás como residente de la Zona Norte es un crédito equivalente al 50% para pagar el 8% de IVA*.
Para obtener el estÃmulo del 8% de IVA de la zona norte debes cumplir con con una serie de requisitos que publicará el SAT el próximo 7 de Enero 2019. Además tendrás que dar aviso al SAT vÃa escrito libre.
Podrás aplicar el crédito para reducir el impuesto en 50% y causar el IVA trasladado del 8% de Impuesto al Valor Agregado
Aplica el estÃmulo a:
-Residentes frontera Norte
-Algunas personas fÃsicas y morales
-Ciertas actividades
Mayores detalles consulta aquà la publicación en el DOF , te sugerimos contactar a tu contador para saber si aplicas al decreto y obtener el estÃmulo y aplicar el 8% de crédito sobre tus ingresos cobrados a tasa normal del 16% de IVA.
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Si por alguna razón se publica el próximo 7 de Enero 2019 la necesidad de habilitar una nueva tasa de IVA al 8%, en contarte ya estamos listos.
DECRETO de estÃmulos fiscales región fronteriza norte. “ArtÃculo Décimo Primero. Se otorga un estÃmulo fiscal a los contribuyentes, personas fÃsicas y personas morales, que realicen los actos o actividades de enajenación de bienes, de prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en los locales o establecimientos ubicados dentro de la región fronteriza norte a que se refiere el artÃculo Primero del presente Decreto, consiste en un crédito equivalente al 50% de la tasa del impuesto al valor agregado prevista en el artÃculo 1o de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Por simplificación administrativa, el crédito fiscal se aplicará en forma directa sobre la tasa referida en el párrafo anterior. La tasa disminuida que resulte de aplicar el estÃmulo fiscal en los términos de este párrafo, se aplicará sobre el valor de los actos o actividades previstas en este artÃculo, conforme a lo dispuesto en la mencionada Ley. “
Si el estÃmulo en formato de crédito del 50% sobre la tasa del 16% se traduce en una nueva tasa de IVA al 8% para la frontera norte, entonces tendrá el SAT que publicar los catálogos correspondientes a tasas o cuotas de impuestos , hacer los PACS las adecuaciones y validaciones correspondientes y finalmente habilitar los sistemas del empresario para aplicar esta nueva tasa.