El recibo electrónico de pago
Es un CFDI o comprobante fiscal digital por internet que tiene un nodo o sección específica “complemento para recepción de pagos” dentro de la estructura del XML en la cual hace referencia a cómo se cobraron / pagaron facturas CFDI 3.3 , las cuales tienen entre otras las siguientes características
Tipo de comprobante CFDI 3.3 tipo “P” ( Pago )
Todas tienen el origen de un CFDI con método de pago PPD ( Pago Parcial o Diferido)
Lleva un detalle respecto a el saldo insoluto
Número de parcialidad
Proporción de impuestos causados
Además tiene un folio fiscal UUID nuevo y otro asociado a la transacción que le dio origen ( factura padre).
Esta imposición ahora demanda que timbres lo que cobras , es decir emites un comprobante fiscal “recibo electrónico de pago” por cada cobro recibido.
Dicho comprobante tiene un costo en el mercado entre $2.00 y $8.00 pesos por CFDI.
En contarte.mx los empresarios y consultores administrativos identifican el costo beneficio asociado a lo siguientes puntos ( que no tienen que ver con el costo del timbre):
Calidad y claridad de la información financiera,
Sencillez con la que se puede producir y
Accesibilidad que a los distintos tipos de usuarios obtener la información
Este tipo de comprobantes “Recibo electrónico de pago CFDI 3.3” obliga al empresario a reconocer sus ingresos cobrados y emitir un comprobante digital por ello.
Esta nueva obligación brinda a la autoridad ( SAT ) una visión bastante oportuna respecto a el flujo de efectivo de la empresa, y por ende capacidad para determinar o conocer presuntivamente el impuestos a la venta causado de cada empresario registrado en el SAT
De tal manera que si cobras IVA o IEPS a distintas tasas de impuesto, el SAT lo sabrá en cuestión de segundos a un nivel de detalle muy específico debido al tipo de relación que dicho documento resume.
En dicho complemento también se incluye la parte de los impuestos retenidos por conceptos de retenciones de ISR o IVA derivados de honorarios, arrendamiento y fletes .
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Esta esquema de emisión de factura de recepción de pagos será obligatoria a partir del 1ro de Abril 2018
Algunas preguntas básicas en torno al recibo de pago
De preferencia debes hacer el comprobante la fecha en que recibes el pago, pero el SAT otorga plazo hasta el décimo día natural del mes siguiente.
En caso de cheques, debes reconocer y registrar la fecha en la que recibes el cheque, independiente a la fecha en que se vea efectivamente cobrado en estado de cuenta bancario
Hay dos campos para guardar la cronología del registro,
Fecha Pago, es en la que recibes el pago (te ayuda a conciliar el banco)
Fecha en que realizas el registro del cobro y timbras el documento ante SAT y PAC.
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Preguntas frecuentes del complementos de pago en CFDI 3.3 / SAT